Autoridades desmienten lista sobre alimentos permitidos en los cines; aclaran derechos de los consumidores

Autoridades desmienten la circulación de una lista sobre alimentos permitidos en los cines y explica los derechos de los consumidores, incluyendo la libertad de elegir qué productos llevar y las normas sobre la revisión de mochilas al ingresar.

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Alimentos en cines
Envato | @serhiibobyk

La Profeco ha desmentido recientemente la información que circuló en redes sociales y en algunos medios de comunicación sobre una supuesta lista de alimentos permitidos en los cines de México. A través de un comunicado oficial, aclararon que nunca ha publicado ni difundido un listado de este tipo y pidió a los consumidores que verifiquen la autenticidad de la información antes de compartirla.

Aunque no existe una normativa específica que regule qué alimentos pueden o no ser llevados a los cines, explicaron que los consumidores tienen la libertad de elegir si desean comprar productos dentro de las instalaciones de los cines o no. Sin embargo, los cines tienen políticas internas que deben ser respetadas al momento de adquirir boletos. Estos establecimientos operan bajo contratos de adhesión, lo que significa que los términos y condiciones de cada cine deben ser aceptados por los consumidores al momento de realizar la compra de sus boletos.

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Cines no pueden obligar a comprar alimentos internos, pero deben respetar sus políticas de ingreso

De acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en su artículo 58, ningún cine puede obligar a los consumidores a comprar exclusivamente productos dentro de sus instalaciones. Esta disposición establece que los proveedores de bienes y servicios no pueden condicionar sus ventas en función de características personales como género, nacionalidad o preferencias sexuales. Sin embargo, la ley también aclara que si un cine especifica en su contrato que no permite el ingreso de alimentos externos, los consumidores deberán cumplir con esa disposición. Si no están de acuerdo, tienen la opción de elegir otro cine con reglas diferentes.

Otro tema importante que abordaron es la revisión de mochilas y pertenencias al ingresar a los cines. En relación con este punto, explicaron que los cines pueden solicitar a los clientes que muestren el contenido de sus mochilas de manera voluntaria, pero no pueden obligarlos a hacerlo. Según el artículo 10 de la LFPC, la revisión forzada de mochilas sería ilegal, ya que atenta contra la libertad y seguridad del consumidor.

Reiteraron que no ha emitido ninguna lista oficial de alimentos permitidos en los cines y recomendó a los consumidores familiarizarse con los términos y condiciones de los contratos de adhesión al acudir a estos establecimientos, recordando siempre la importancia de conocer sus derechos.

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