ÚLTIMA HORA: Senado aprueba la ‘Ley Silla’ y el derecho al descanso

La ‘Ley Silla’, contempla garantizar a los empleados el derecho al descanso para los trabajadores durante la jornada laboral

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X | @nutthasethw

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la llamada ‘Ley Silla', es decir, la reforma a la Ley Federal del Trabajo para garantizar a los empleados el derecho al descanso para los trabajadores durante la jornada laboral. A continuación te damos todos los detalles.

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Según el dictamen que se votó en la sesión del martes 20 de febrero, la modificación prohibirá a los empleadores obligar a sus trabajadores a permanecer de pie durante todo el turno que haya acordado durante la contratación, esto con los cambios a los artículos 132, 133, 422 y 423 del andamiaje jurídico antes mencionado.

Y es que durante los debates, se argumentaron los riesgos a la salud que implica a los empleados que duren más de siete horas de pie, cuando lo máximo permitido deberían de ser 40 minutos, de acuerdo a diversos estudios.

Alguno de los problemas que se presentan en los trabajadores que duran más de 7 horas de pie, son: fatiga, insuficiencia venosa, tendinitis, surgimiento de varices, lesiones en diferentes partes del cuerpo, molestias musculares, hemorroides o distintos tipos de lumbalgias.

Con esta iniciativa no estamos imponiendo a las empresas una camisa de fuerza, por el contrario, de acuerdo a la actividad se va a determinar si los trabajadores necesitan un periodo de descanso cada determinado tiempo un nuevo mobiliario o varias medidas”, comentó la senadora de Movimiento Ciudadano (MC), Patricia Mercado, quién impulsó dicha medida.

Luego de la aprobación por la Cámara Alta, ahora corresponde a la Cámara de Diputados avalar, y en caso de considerarlo importante, ratificarla. Una vez que se dé este paso legislativo y la posterior publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF), las empresas tendrán un año de plazo para implementar los nuevos cambios.

¿Cuáles son las modificaciones principales?

  • Empresas deberán de proveer asientos con respaldo o adecuaciones a la infraestructura para que los trabajadores tengan un descanso digno.
  • No se permitirá que las empresas obliguen a sus empleados a estar de pie durante toda la jornada laboral que deben de cumplir.

“Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y, en caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”, se pudo leer en el dictamen.

  • Cada empresa deberá de incluir estas nuevas modificaciones en sus reglamentos internos, estos cambios tendrán que estar implementados en máximo un año tras la publicación en el DOF.
  • Las nuevas modificaciones prevén multas económicas para los lugares de trabajo que no tomen en cuenta estos cambios:
  • Las infracciones fluctúa desde los 25 mil 935 hasta los 259 mil 350 pesos.
  • En caso de no acatar los cambios, las autoridades correspondientes podrán ordenar la suspensión temporal de las actividades de la empresa.
  • De haber un caso de reincidencia, entonces ocurrirá la suspensión hasta que se corrija el error.

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