Un empleado de una compañía de instalaciones eléctricas en España fue despedido tras beber más de tres litros de cerveza durante su horario laboral. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia declaró el despido improcedente, señalando que no hubo pruebas de que su conducta afectara su desempeño laboral o la marcha de la empresa.
La empresa contrató a un detective privado para documentar las actividades del trabajador. En el informe presentado como prueba, se detalla que el empleado frecuentaba bares y consumía grandes cantidades de alcohol durante las pausas para comer. En uno de los registros, se indica que, junto a otros acompañantes, consumió hasta tres litros de cerveza durante un almuerzo.
Tribunal declara improcedente el despido de trabajador por beber cerveza en horario laboral
En su defensa, el trabajador alegó que estas conductas ocurrieron durante pausas laborales y no comprometieron la seguridad ni la eficiencia de su trabajo. El tribunal respaldó este argumento, indicando que el consumo de alcohol no se tradujo en signos visibles de embriaguez ni en un desempeño laboral deficiente.
El fallo también destacó que el convenio colectivo aplicable al sector clasifica este tipo de conductas como faltas graves, pero no muy graves, lo que habría ameritado una sanción menor, como una suspensión temporal, en lugar de un despido.
Trabajador no disminuyó su rendimiento laboral y no se pudo comprobar el menoscabo
El tribunal subrayó que no existían pruebas concluyentes de que el empleado realizara sus funciones bajo los efectos del alcohol. Además, cuestionó por qué otros empleados presentes durante los consumos de alcohol no recibieron sanciones similares.
Como resultado, el despido fue declarado improcedente, y la empresa enfrenta dos opciones: readmitir al trabajador o indemnizarlo con 47.000 euros. Este caso ha reavivado el debate sobre los límites del consumo de alcohol en el ámbito laboral y las condiciones legales para justificar un despido en España.
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